Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 279495
  • Autor : LIC ESTRADA
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 832
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 42 %
  • : 57 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 388021

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Lo ideal es que no promouevas ningún recurso porque el tribunal colegiado engrosara y enviara la sentencia de amparo a la autoridad responsable, la cual deberá emitir una nueva resolución acorde a los fines concesorios del fallo protector, y con posterioridad a ello, el tribunal colegiado deberá de emitir una resolución en la cual diga que se ha dado cumplimiento a la sentencia de amparo.. y ahí es cuando debes de apersonarte con tu abogado, no promuevan antes...sino solo van a demorar el tramite..tena paciencia, porque incluso la parte afectada puede ir por un recurso de revisión..ante la scjn...sigue con tu abogado va bien. LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail cel. 55 43442775...Asesoria en línea por medio de whatsapp.