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  • Consulta : 279395
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 387830

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no dices el monto de la deuda... si ya te embargaron.. tuviste 8 días para contestar la demanda si señalaron un bien inmueble... este puede ser rematado... y es principal acreedor el infonavit... y si sobra... se ira al pago de esa tu deuda ... si sobra... se te entrega.. si falta... seguirás siendo deudor... y claro que se puede rematar... pero del dinero que salga... el primero en formarse para cobrar... es el infonavit... es una simple prelacion de créditos...