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  • Consulta : 279388
  • Autor : Monic
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  • Monic
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    (Resumen de Actividades)

    Hola Monseratona, en el caso que efectivamente este trabajando por honorarios la mejor opción para que informe es el SAT; pero tú tienes otra opción legal que es querellarte ante el Ministerio Público por Incumplimiento de Obligaciones de Asistencia Familiar y el código penal también contempla y sanciona el supuesto de que los obligados se queden sin trabajo de forma dolosa para eludir el pago de la pensión; para la querella solo necesitas copia certificada del acuerdo o de la sentencia donde se le obliga al pago de la pensión en el porcentaje que refieres, si es una sentencia también puedes pedir que se ejecute y embargarle bienes; pero te recomiendo la vía penal, ahí los obligados se sienten presionados a cumplir porque esta en juego su libertad; en ambas vías él tiene que demostrar que ha cumplido, ya que la falta de trabajo NO lo exime de su obligación de pagar.