- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 279375
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 387811
-
Fecha de respuesta: Lunes 28 de Marzo de 2016 13:25 2016-03-28 13:25 desde IP: 189.177.87.242
solo te corresponde el finiquito... partes proporcionales de aguinaldo 2016... vacaciones 2016 prima vacacional 2016... y si te debe salarios devengados y no cubiertos... pero ... como renunciaste... a lo que renuncias es a la indemnización de 90 días y a la prima de antigüedad... y como bien señala el colega.... ACUDE A LA PROCURADURIA DE LA DEFENSA DEL TRABAJO en la JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE... ... m u e v e t e .... tienes 60 dias... pero lo viable es hacerlo dentro de las 72 horas...
-
Autor





