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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Marzo de 2016 21:24 2016-03-02 21:24 desde IP: 201.141.137.127
De entrada le informo que el "abandono de hogar" o de "domicilio conyugal", no es delito y ni siquiera es falta administrativa, en realidad no es nada, sólo puede ser causal de divorcio necesario en los estados Neocristeros que no entiende que así como el matrimonio es voluntario el divorcio también, pero nada más. Lo que Usted debe promover ante el Juez de lo familiar es la separación de cuerpos. Para ello necesita de los servicios de un abogado para que les redacte el convenio, mismo que deberá contener la forma de cubrir los alimentos para los hijos así como las convivencias a las que tiene derecho, este convenio deberá presentarse ante el juez de lo familiar para que darle pleno valor jurídico, y con dicho convenio Usted sigue casado. Sólo cuídese de los coyotes incluso de este foro que se la viven publicando datos de contacto buscando víctimas.
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