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  • Consulta : 279219
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 387538

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Los bienes adquiridos por herencia o legado no forman parte de la sociedad conyugal salvo pacto en contrario, cosa que no aclara en relación a las capitulaciones. Usted no señala las condiciones pactadas en las capitulaciones. Pero si en ellas no se contempla que los legados, herencias o todo aquello adquirido por don de la fortuna formen parte de la sociedad conyugal es claro que su esposa carece de elementos para reclamar esos bienes en la liquidación y ejecución de sentencia, razón por la que el notario no le requirió autorización alguna para la venta de los inmuebles mencionados. Sin embargo Usted sí tiene que defenderse y demostrar que las casas y terrenos son producto de una herencia y que su ex carece de derecho alguno para reclamarlo. Necesita de abogado experto en la materia y mucho ojo con cuanto coyote se ponga a "sus órdenes" en este foro de asesoría gratuita publicando datos de contacto ya que correría peligro.