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  • Consulta : 279133
  • Autor : Lic. Anguiano
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  • Autor
    Respuesta No: 387463

  • Lic. Anguiano
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas Noches. No se preocupe, su aún cónyuge, no puede preclamar para sella, ni las casas ni los terrenos o el dinero producto de la venta de estos últimos, ya que las herencia, legado o donaciones aun hechas durante el atrimonio no forman parte de los haberes de la sociedad conyugal, por lo que a su aun cónyuge no le corresponde parte alguna sobre esos bienes, hágase asesorar por un abogado especialista en la materia. Saludos Cordiales.