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  • Consulta : 279074
  • Autor : SOLUCIONES20
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  • SOLUCIONES20
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Definitivamente un Juicio de Reconocimiento de Paternidad, ya que por la Vía de la Jurisdicción Voluntaria no se pueden modificar situaciones que impliquen fialiación, lo cuál debe de ser por la vía contenciosa. Sin embargo habrá que estarse a lo que disponga la legislación especifícamente de su Estado; lo anterior porque hay Legislaciones como la de la Ciudad de México, que señalan plenamente que el reconocimiento de Paternidad unicamente puede intentarse en vida de los Progenitores, sin embargo con la amplia gama de derechos humanos, en caso de que su legislación no lo permitiera puede acudir al Juicio de Amparo. Acérquese al Abogado de su Confianza, él le aclarará mas el panorama.