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Fecha de respuesta: Martes 09 de Febrero de 2016 20:22 2016-02-09 20:22 desde IP: 201.141.148.127
El Juez tiene toda la razón. Usted no "se puede echar para atrás al reconocer a un menor". No tengo la menor idea de a qué se refiere con: "...el Registro Civil dio el veredicto a mi favor (sic)". Sólo le prevengo para que no se deje sorprender por coyotes que se pongan a sus ódedenes en esta página de asesoría gratuita publicando datos de contacto y con celular porque ni oficina tienen, ya que corre peligro. Usted no puede desconocer a un hijo ni con prueba de ADN si lo reconoció voluntariamente sin estar casado.
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