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AutorRespuesta No: 387224
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Fecha de respuesta: Viernes 29 de Enero de 2016 20:08 2016-01-29 20:08 desde IP: 187.144.54.113
abogados... si están casados por sociedad conyugal... no tiene obligación de rendir cuentas ... mas que a su esposo... si es en separación de bienes... el dueño puede dar un poder para pleitos y cobranzas para que se gestione el cobro de las rentas en forma judicial y no las pueda tocar esta señora... y explique el motivo para otorgar contratos y recibos... ya que si los contratos están a su nombre... no le pueden impedir que cobre lo que tiene contratado... y nadie le puede obligar a rendir cuentas cuando el contrato esta a su nombre... algunos dirán... es un delito continuado... no... fue un acto instantáneo... y no hay fraude... o robo o abuso de confianza entre cónyuges... pedirle cuentas... si... que restituya dinero...no
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