- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 278621
- Autor : Abogado Felipe
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 390
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6727
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 386646
-
Fecha de respuesta: Jueves 10 de Diciembre de 2015 19:06 2015-12-10 19:06 desde IP: 189.235.68.244
Mire para empezar no me hable de esa manera, a un servidor hablele bien no soy su p e nd e j o para que me hable asi, ok, usted dijo a la consultante que en un termino de 15 dias tenia que demandar la nulidad pero usted inobservo que tambien hay un termino de 45 dias en la via ordinaria y aun con su experiencia no sabia el termino de 45 dias o porque no lo menciono antes, y los 2 terminos los establece la misma Ley. Y el año en el cual un servidor se titulo a Usted le viene valiendo... m a d r e s ... ok....nada es personal
-
Autor





