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AutorRespuesta No: 386575
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Fecha de respuesta: Martes 08 de Diciembre de 2015 16:42 2015-12-08 16:42 desde IP: 201.141.149.191
Debe denunciar la sucesión de su padre, una vez radicada la demanda el Juez ordenará se giren oficios tanto al Registro Público de la Propiedad, como al Archivo General de Notarás, para que informen de la existencia o no de testamento. De haber testamento se remitirá al Juzgado y se dará lectura. De resultar usted único heredero en el testamento, o bien siendo hijo único incluso en un juicio intestamentario, debe ser reconocido como heredero universal de los bienes de su padre. Una vez reconocido como heredero universal y por lo tanto albacea, podrá pelear el otorgamiento de escritura a quien le vendió a su padre o a los herederos del vendedor. En cuanto al adeudo de predial, eso dependerá del valor del predio. Deje de perder el tiempo y acuda a un abogado especialista en sucesiones o bien a un notario.
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