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AutorRespuesta No: 386555
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Diciembre de 2015 14:36 2015-12-07 14:36 desde IP: 189.231.251.85
No hay delito de sustracción en la Entidad en mención, en ese divorcio no se resolvió nada, un convenio no ratificado no tiene ningún efecto jurídico. Y de haberse resuelto, el juez debió de oficio apercibir a las partes para decidir la guarda y custodia, por tratarse de una figura de orden público y en donde el interés superior del niño está supeditado a cualquier voluntad de las partes en el Juicio. Lo que puede hacer es a la brevedad si le dan tiempo, de iniciar un juicio civil de guarda y custodia o de régimen de convivencia y como medida cautelar pedir que le aperciba a la madre que saque los menores del lugar donde ejercerá ese derecho de convivencia, cuya orden sale de inmediato,platicando con el secretario de acuerdos del Juzgado o en su caso con el Juez de lo Familiar.
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