Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 278602
  • Autor : LIC.GONZALEZ
  • Consultas en Foro: 7
  • Respuestas en Foro: 17
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6889
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 386555

  • LIC.GONZALEZ
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No hay delito de sustracción en la Entidad en mención, en ese divorcio no se resolvió nada, un convenio no ratificado no tiene ningún efecto jurídico. Y de haberse resuelto, el juez debió de oficio apercibir a las partes para decidir la guarda y custodia, por tratarse de una figura de orden público y en donde el interés superior del niño está supeditado a cualquier voluntad de las partes en el Juicio. Lo que puede hacer es a la brevedad si le dan tiempo, de iniciar un juicio civil de guarda y custodia o de régimen de convivencia y como medida cautelar pedir que le aperciba a la madre que saque los menores del lugar donde ejercerá ese derecho de convivencia, cuya orden sale de inmediato,platicando con el secretario de acuerdos del Juzgado o en su caso con el Juez de lo Familiar.