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AutorRespuesta No: 386515
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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Diciembre de 2015 21:13 2015-12-03 21:13 desde IP: 201.141.140.191
Refute con argumentos jurídicos y no con terquedades de "me sostengo en mi dicho". Pobres de sus víctimas. No hay alimentos retroactivos más que en el reconocimiento de paternidad. Lo demás es el requerimiento de obligaciones incumplidas. Funde y motive sus habladas. Pero sobre todo dé la cara. Nombre, currícula, escuela.
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