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AutorRespuesta No: 386204
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Fecha de respuesta: Miércoles 18 de Noviembre de 2015 18:01 2015-11-18 18:01 desde IP: 189.217.0.248
Son aplicables las mismas reglas del divorcio por mutuo consentimiento a los concubinos, quienes podrán separarse siempre y cuando presenten al Juzgado un convenio en que fijen los siguientes puntos: i.- Designación del cónyuge que tendrá la custodia de los hijos del matrimonio tanto durante el procedimiento como después de ejecutoriado el divorcio y las modalidades bajo las cuales el progenitor que no tenga la guarda y custodia ejercerá su derecho de convivencia y en general el arreglo de la situación de sus hijos; ii.- El modo de subvenir a las necesidades de los hijos, tanto durante el procedimiento como después de ejecutoriado el divorcio, especificando la forma de pago de la obligación alimentaria; iii.- Designación del cónyuge al que corresponderá el uso de la morada conyugal, en su caso, y de los enseres familiares, durante el procedimiento de divorcio; iv.- La casa que servirá de habitación a cada cónyuge y a los hijos durante el procedimiento y después de ejecutoriado el divorcio, obligándose ambos a comunicar los cambios de domicilio aun después de decretado el divorcio mientras haya menores de edad o incapaces u obligaciones alimenticias; v.- La cantidad que a título de alimentos un cónyuge debe pagar al otro durante el procedimiento y después de ejecutoriado el divorcio, la forma de hacer el pago y la garantía que debe darse para asegurarlo, o bien la manifestación expresa de que ambos cónyuges quedaran exentos de toda obligación a este respecto, en caso de que así se convenga; y vi.- La manera de administrar los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento y hasta que se liquide. Para su liquidación se acompañara inventario y avaluó de todos los bienes muebles e inmuebles de la sociedad y el correspondiente proyecto de partición. Consulte abogado.
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