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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Noviembre de 2015 23:15 2015-11-13 23:15 desde IP: 189.134.209.35
No aclaras si se trata de un accidente de trabajo, pero por lo que comentas parece que no. Cuando se tiene una incapacidad por una enfermedad o accidente que no es de trabajo, el IMSS te paga el 60% de tu salario de cotización a partir del cuarto día. El patrón no está obligado a darte ni un centavo durante el tiempo que dura la incapacidad. Aquí la ilegalidad radica en que el patrón te tiene asegurado con un salario inferior al que realmente percibes. Puedes denunciarlo en el mismo IMSS o en la PROFEDET.
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