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Tradicional Foro de consultas
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- Autor : JOSE LUIS CARBAJAL
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AutorRespuesta No: 388836
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Fecha de respuesta: Viernes 20 de Mayo de 2016 12:33 2016-05-20 12:33 desde IP: 187.225.88.121
Mis respetos Magister Curiae, y le mando un saludo. Pero ahora si voy a replicar: Las Asociaciones Civiles para cumplir con un objeto social pueden allegarse de bienes (pero de manera legal y dentro del marco jurídico). Si usted lee la consulta detalladamente, la intención del consultante es de apoderarse sin derecho alguno de un bien que parece que no tiene quien lo reclame, tratando de encontrar un sustento legal para lograr su fin ilícito. Luego entonces, las Asociaciones Civiles pueden, solicitar en donación bienes determinados a sus legítimos propietarios, o recibir en donación bienes de personas físicas o morales, y de entidades públicas o privadas. No es legal, que tomen por la fuerza y sin derecho alguno y bien so pretexto de que no cuentan con oficinas y el bien no tiene un titular cierto.
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