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  • Consulta : 278208
  • Autor : LIC ESTRADA
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  • Autor
    Respuesta No: 386005

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Ese delito los que nos dedicamos y es justamente nuestra especialidad, sabemos que muchas de las veces las famosas grapas, son montajes, que realizan los elementos aprehensores para  imar un delito a una persona y aqui las cosas es que justamente el delito contra la salud en su modalidad de narcomenudeo ( pero en este caso es factible de atribuyan la hipotesis de posesion con fines de comercio en su variante de venta) a que se refieren los articulos 193,195 en relacion con al articulo 194 del Codigo Penal Federal); lo cual significa que lo han dotado de una gravedad, y por ello la defensa debe arrancar alegando desde el momento mismo de la detencion, eso resulta fundamental mediante una apelacion o el amparo Indirecto en contra del auto de formal prision; si ya ha trascurrido los plazos del articulo 17 de la Ley de amparo para interponer un amparo; deben preparar y anunciar pruebas indoneas y pertinentes que le resulten beneficiosas a su familiar en materia federal no existen plazos para dejar de ofrecer pruebas, haga que le revisen su asunto un abogado de su entera eleccion, seguramente algo encontrara...suerte.

    LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail

    cel. 55 43442775.... Asesoria en linea tambien por whatsaap.