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  • Consulta : 278194
  • Autor : marcomcmlx
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  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Cuando se trata de riesgo de trabajo el IMSS te puede dar incapacidad temporal, Incapacidad Permanente Parcial o Incapacidad Permanente Total.

    Todo depende del daño ocasionado y de si te rehabilitas o quedas con algún daño permanente.

    Durante la incapacidad temporal se te paga un subsisdio hasta del 100% de tu salario y puede ser hasta por 52 semanas.

    Despuès de esto se te debe declarar la IPP o IPT, y se establece una valuación del daño.

    Esta valuación es un porcentaje que según tablas de la LFT corresponde a cada tipo de lesión.

    Cuando te declaran una IPT se te paga una pensión equivalente al 70% de tu salario.

    En caso de una IPP, si la valuación que te dieron es hasta un 25% te dan indemnización, si es mayor a 25% y hasta 50% tu eliges entre indemnización o pensión y cuando es mayor al 50% se te otorga pensiòn.

    En caso de pensión por IPP, la pensión consistirá en el porcentaje de valuación sobre el 70% de tu salario de cotización.

    Así que hay que esperar a que el IMSS te valúe el daño.

    En cuanto a tu situación laboral, la empresa estará obligada a darte un puesto que dada tu nueva condición puedas desempeñar, con el salario que corresponda a ese puesto.

    En caso de que no haya un puesto que se te pueda asignar, la empresa podrá dar por terminada la relación laboral.