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AutorRespuesta No: 385542
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Septiembre de 2015 17:50 2015-09-17 17:50 desde IP: 187.140.208.170
Si ya tiene los derechos de propiedad y posesión, faltaría la orden judicial de cancelar ambos gravamenes, por lo tanto lo que tendría que hacer, es solicitar la escrituración del inmueble, para que se cancelen los gravámenes al momento de la escrituración.
Saludos.
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