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  • Consulta : 276906
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 385570

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Para que diablos quiere jusrisprudencia. El artículo 10 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito preceptua que quien firma a nombre de otro sin poder suficiente, se obliga en lo personal. Demande al su.scr.ipto.r del pagaré en lo personal como persona física y ya.