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  • Consulta : 276718
  • Autor : LAMC_QRO
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  • Autor
    Respuesta No: 385369

  • LAMC_QRO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No... Si usted quiere que se le repare el daño por la vía civil, tiene que iniciar usted el juicio, lo bueno es que todos los gastos que esto le origine, puede cobrarlo a la propia sucesión tiempo después.

    Saludos.