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AutorRespuesta No: 384970
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Fecha de respuesta: Martes 01 de Septiembre de 2015 20:11 2015-09-01 20:11 desde IP: 189.217.29.127
No. Sólo es pago de lo indebido. Necesita de un abogado especialista en materia laboral para que le explique la forma y por ciento que debe descontar en las quincenas posteriores.
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