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Fecha de respuesta: Martes 01 de Septiembre de 2015 20:22 2015-09-01 20:22 desde IP: 189.217.29.127
De conformidad a su ID, Usted se encuentra en Yucatán. Sólo necesita el acta de nacimiento de su hijo y el domicilio de su actual esposo o de su empleo, para demandar el pago de pensión alimentaria a la que tiene derecho el menor y que va del veinte al cuarenta por ciento del total de los ingresos de deudor alimentista y nada tiene que ver el número de hujitos que ande procreando. En yucatán ya no existe el delito de adulterio ni el divorcio necesario, pero puede demandar el divorio incuasado y la pensión alimentaria, de paso hasta la rendición de cuantas a la sociedad conyugal. Busque a un abogado especialista en la materia para que le represente, pero cuídese de los coyotes que se la viven en este foro publicando datos de contacto ya que correría peligro.
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