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AutorRespuesta No: 384808
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Fecha de respuesta: Jueves 27 de Agosto de 2015 17:43 2015-08-27 17:43 desde IP: 189.152.92.155
Buen día Sr. Oropeza.
Respecto a sus comentarios, surgen algunas dudas que pueden ser determinantes:
¿Bajo que regimen estuvieron casados?
¿Procrearon hijos?
¿Las parcelas se adquirieron durante la vida del contrato de matrimonio?
¿Llevaron acabo juicio de divorcio ya sea voluntario o necesario?
Se lo pregunto porque conforme al Código Civil del Estado en donde usted recide (Nayarit), en su Artículo 177 Bis Fraccion I y II menciona que todos los bienes que se adquieren por compra, venta, herencia, etc.no forman parte de la sociedad conyugal.
Así mismo en el numeral 190 hace mención de que el abandono de cualesquiera de los cónyuges por mas de 6 meses extigue el matrimonio y por lo tanto cualquier beneficio por parte de el.
Además otro punto fuerte es que la parte contraria, ya contrajo matrimonio con otra persona, independientemente del lugar, por lo cual, automáticamente se extinguen los derechos y beneficios que puediere haber obtenido de su anterior matrimonio.
Haciendo referencia del poder que usted manifiesta que tiene la hermana de la ex esposa de su hermano, si no se demuestra la legitima propiedad, no causa efecto alguno, además de que como usted mismo expresa, existe pruebas confesionales, testimoniales al mencionar que se puede demostrar la no residencia de la parte contraria en el país, aunado con la información del familiar de la contraria y pudiendo obtener los documentos que demuestran el contrato de matrimonio de la antes mencionada en Estados Unidos.
espero que esta informacion pueda ayudarle.
Saludos desde Monterrey N. L.
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