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  • Consulta : 274911
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 384691

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    El hecho que su madre se haya referido al esposo de su sobrina como concubino en el testamento, no afecta en nada la disposición testamentaria: él tendrá el usufructo vitalicio y ella la propiedad.

    Y el hecho que estén casados bajo el régimen de sociedad conyugal, no le da derecho al esposo de su sobrina sobre los bienes heredados, ya que los que reciben de esa forma no integran los que constituyen la sociedad conyugal, por lo que solamente le pertenecen a ella, en tanto el esposo solamente tendrá el usufructo.