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AutorRespuesta No: 384523
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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Agosto de 2015 12:35 2015-08-19 12:35 desde IP: 187.233.48.180
karenmoreno_mtz:
Además de a la Defensoría Pública, usted puede tener abogados gratuitos en el D.I.F., ya sea el Estatal ó el Municipal, y una vez que comience a integrar la averiguación previa, pida a su abogado de oficio que formule nueva demanda, ahora contra los abuelos de la menor hija de usted, porque en todos los códigos civiles de México existe un artículo que dice que "a falta o imposibilidad del padre, la pensión alimenticia será pagada por lo tíos ó los abuelos de la menor".
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