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AutorRespuesta No: 384525
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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Agosto de 2015 12:37 2015-08-19 12:37 desde IP: 187.176.101.171
Elizh80, la cuestiíón es que dice que la relación la tiene conla hija de un primo (es decir, con una sobrina), no con la madre.
Además, si estudió derecho civil podrá hacer las cuentas y verificar que el grado de parentesco colateral entre el consultante y la hija de su primo, no es del tercer grado, sino del quinto, así que su argumento es infundado.
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