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AutorRespuesta No: 384531
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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Agosto de 2015 13:02 2015-08-19 13:02 desde IP: 187.176.101.171
No, no puede demandar el desconocimiento de la paternidad.
Aun si usted no fuera elpadre biológico de las tres hijas, dispuso de 60 días, contasdos a pator de que las reconoció, para demandar el desconocimiento.
Y la obligación de pagar la pensióin alimenticia, no de suspende por el hecho que usted no tenga trabajo, pues finalmente, al solicitar la licencia si sueldo, intentó, en fraude a la ley, eludir su obligación alimentaria.
Sus hijas, en ejecución de sentencia, podrán reclamarle todas las pensiones que no ha cubierto, además de que pueden acudir a la vía penal, pues el incumplimiento de las obligaciones alimentarias, es delito sancionado con pena de prisión.
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