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  • Consulta : 274371
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, no puede demandar el desconocimiento de la paternidad.

    Aun si usted no fuera elpadre biológico de las tres hijas, dispuso de 60 días, contasdos a pator de que las reconoció, para demandar el desconocimiento.

    Y la obligación de pagar la pensióin alimenticia, no de suspende por el hecho que usted no tenga trabajo, pues finalmente, al solicitar la licencia si sueldo, intentó, en fraude a la ley, eludir su obligación alimentaria.

    Sus hijas, en ejecución de sentencia, podrán reclamarle todas las pensiones que no ha cubierto, además de que pueden acudir a la vía penal, pues el incumplimiento de las obligaciones alimentarias, es delito sancionado con pena de prisión.