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  • Consulta : 274022
  • Autor : LAMC_QRO
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  • Autor
    Respuesta No: 384363

  • LAMC_QRO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La patria potestad la tiene Usted por el simple hecho de ser la mamá.

    La autorización de salir del país, debe de darla las 2 partes, esto es, tanto Usted, como el padre del menor.

    Lo más sencillo, aunque se desconocen las razones por las cuales no quiere presentar el acta de defunción, es el hecho de que presente dicha acta y, ante la falta de padre, usted ya no necesita la autorización del mismo para el trámite que desea realizar.

    Saludos.