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AutorRespuesta No: 384324
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Fecha de respuesta: Viernes 14 de Agosto de 2015 12:41 2015-08-14 12:41 desde IP: 187.176.101.171
Su hijo, personalmente y por su propio derecho, es quien debe demandar la pensión alimenticia al padre.
Asístase de abogado especialista en Derecho Familiar, o bien, que solicite apoyo en el Instituto de la Defensoría Pública, sólo rquiere copia certificada de su acta de nacimiento, y datos del lugar en que el padre trabaja.
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