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Fecha de respuesta: Jueves 13 de Agosto de 2015 18:35 2015-08-13 18:35 desde IP: 187.168.229.245
Hola: Dentro de algunas sociedades y sobre todo de la familia artistica efectivamente se maneja la figura de contratos prenunciales entre los contrayentes en donde se contienen clausulas de penalizacion a cualquiera de los futuros que incumpla...pero si en este caso no se hizo de esta manera; seria casi imposible que pudieras actuar civilmente; empero podrias intentar una posible difamacion...la cual solo le resultara una simple molestia... suerte.
LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail
cel. 55 43442775....Asesoria en linea por medio de what sapp
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