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  • Consulta : 273829
  • Autor : ortizrubiolegal
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  • Autor
    Respuesta No: 384242

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenos días para que usted pueda ver a sus menores hijos deberá iniciar un juicio de régimen de visitas y convivencias, en ese juicio el Juez señalará los días y horas en que usted podrá convivir con sus menores hijos y mismas convivencias que su que su esposa deberá respetar sin que exista la necesidad de que su ex pareja tenga que estar presente con ustedes. Ahora bien en cuanto a la acreditación de los pagos que usted realiza a favor de los menores ese importante que desde este momento usted guarde todos y cada unos de los comprobantes que estos gastos generen . Así mismo deberá asistir al área de consignaciones del Tribunal para que usted mediante un billete de depósito pueda realizar una cantidad que cubran las necesidades de los menores y con ello usted se encuente respaldado al momento de quererle iniciar un juicio de alimentos o pérdida d la patria potestad por incumplimiento de Pensión