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AutorRespuesta No: 384055
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Agosto de 2015 21:50 2015-08-10 21:50 desde IP: 189.146.240.124
1.- Para saberlo hay que sersiorarse directamente ante la junta local de conciliacion y arbitraje.
2.- Es legal toda vez que son los derechos de los trabajadores domesticos y estan estipulados en los articulos que usted menciona.
3.- Lo que debe hacer es incluir esas pruebas en el momento procesal oportuno que sera presisamente el de ofrecimiento y admision de pruebas que es la audiencia que le sigue a la de conciliacion demanda y excepciones.
4.- Dificilmente creo que usted pueda condenarla por lo que refiere, ya que los unicos que condenan o imponen sanciones son los Jueces etc. pero las documentales que obren en el expediente familiar le podran servir en cualquier procedimiento.
5.- Lo que debe hacer es apersonarse en la junta mediante su abogado el dia que tenga verificativo la audiencia en la que podran llegar aun acuerdo o en su defecto llevar el juicio hasta su culminacion.
Espero le haya servido mi respuesta, quedamos a sus ordenes somos especialistas en materia laboral 46192030.
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