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  • Consulta : 273558
  • Autor : RUBIO ABOGADOS
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  • Autor
    Respuesta No: 384055

  • RUBIO ABOGADOS
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    1.- Para saberlo hay que sersiorarse directamente ante la junta local de conciliacion y arbitraje.

    2.- Es legal toda vez que son los derechos de los trabajadores domesticos y estan estipulados en los articulos que usted menciona.

    3.- Lo que debe hacer es incluir esas pruebas en el momento procesal oportuno que sera presisamente el de ofrecimiento y admision de pruebas que es la audiencia que le sigue a la de conciliacion demanda y excepciones.

    4.- Dificilmente creo que usted pueda condenarla por lo que refiere, ya que los unicos que condenan o imponen sanciones son los Jueces etc. pero las documentales que obren en el expediente familiar le podran servir en cualquier procedimiento.

    5.- Lo que debe hacer es apersonarse en la junta mediante su abogado el dia que tenga verificativo la audiencia en la que podran llegar aun acuerdo o en su defecto llevar el juicio hasta su culminacion.

     

    Espero le haya servido mi respuesta, quedamos a sus ordenes somos especialistas en materia laboral 46192030.