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  • Consulta : 273326
  • Autor : RUBIO ABOGADOS
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  • Autor
    Respuesta No: 383957

  • RUBIO ABOGADOS
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    debe pagarle 3 meses de salario, es decir 90 dias de salario, el aguinaldo del año pasado que equivale a 15 dias de trabajo, la parte proporcional del aguinaldo de este año, las vacaciones del año pasado que equivalen a 10 dias, mas la parte proporcional del año corriente.

    Ahora bien usted a ese trabajador nunca lo dio de alta ante el IMSS, lo que le desfavorecio a su trabajador ya uqe no cotizo para el instituto mencionado y mucho menos cotizo al INFONAVIT de igual forma tampoco obtuvo sus aportaciones a la AFORE, ante lo cual usted esta comentiendo el delito de evasion fiscal.

    Le recomiendo que llegue a un buen acuerdo con su trabajador y le de lo que en derecho le corresponde ,mas una gratificacion extra por los conceptos ultimos señalados.

    Espero le haya servido mi respuesta.