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Fecha de respuesta: Miércoles 05 de Agosto de 2015 10:02 2015-08-05 10:02 desde IP: 189.234.196.145
Buenos días.
El remate es por el 50% del inmueble debido a que la parte demandada está casada bajo el régimen de bienes mancomunados o sociedad conyugal, por lo tanto el otro 50% corresponde al otro(a) cónyuge.
Lo que tendría que hacer, si es que realmente le interesa el inmueble, es llegar a un arreglo con ambos dueños a efecto de que le den un precio razonable para que pueda adquirir el inmueble, de otra manera, va a ser mucho problema el tomar la posesión del mismo.
Saludos.
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