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  • Consulta : 273220
  • Autor : LAMC_QRO
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  • Autor
    Respuesta No: 383868

  • LAMC_QRO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenos días.

    El remate es por el 50% del inmueble debido a que la parte demandada está casada bajo el régimen de bienes mancomunados o sociedad conyugal, por lo tanto el otro 50% corresponde al otro(a) cónyuge.

    Lo que tendría que hacer, si es que realmente le interesa el inmueble, es llegar a un arreglo con ambos dueños a efecto de que le den un precio razonable para que pueda adquirir el inmueble, de otra manera, va a ser mucho problema el tomar la posesión del mismo.

    Saludos.