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  • Consulta : 272991
  • Autor : LAMC_QRO
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  • LAMC_QRO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola buenas tardes.

    Respondiendo a sus preguntas:

    1.- Actas de nacimiento de abuelos maternos, acta de defuncion de ambos, acta de nacimiento de sus padres, acta de defuncion de ambos.

    1.2.- Para este caso, se requiere saber si sus abuelos procrearon mas hijos, porque de ser asi, estos tambien deben de ser llamados a juicio.

    2.- Se tiene que acudir ante un Juez de lo familiar y un abogado familiar es el que ocuparian.

    3.- Es muy variable el costo del mismo juicio.

    4.- Todo seria por mayoria y lo que diga la mayoria es lo que se hace.

    5.- Si es un bien que le pertenece a la masa hereditaria, el heredero que este en desacuerdo podra quedarse con el inmueble, pagando la parte que le corresponde a los demas herederos.

    6.- Con el nombramiento del albacea es lo que debe de tener cuidado ya que el albacea es el reponsable de representar a la sucesion en todo momento y vigilar por los intereses de la misma. Si firman un convenio y luego no estan de acuerdo, lo que diga la mayoria es lo que se realiza.

    7.- Tendria que preguntar a varios abogados y quedarse con la opcion que mas confianza y seguridad le birnde.

    Yo estoy en la Ciudad de Queretaro, desconozco de donde sea, sin emabrgo estoy para servirle.

    Saludos.