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AutorRespuesta No: 383476
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Fecha de respuesta: Viernes 24 de Julio de 2015 19:25 2015-07-24 19:25 desde IP: 189.137.223.176
Mí estimado (a) consultante:
Mire, si su último domicilio conyugal es en Aguascalientes, es Juez competente el de esa entidad, tal y como lo dispone el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes:
ARTÍCULO 142.-
Es juez competente:
XII.- En los juicios de divorcio, el tribunal del domicilio conyugal y en caso de abandono de hogar, el del domicilio del cónyuge abandonado.
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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