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Fecha de respuesta: Viernes 24 de Julio de 2015 14:17 2015-07-24 14:17 desde IP: 189.138.16.56
Hola.
Por supuesto, que puede inconformarse, tal y como lo marca el articulo 294 de la Ley del Seguro Social, sin embargo le sugiero ampliamente que se asesore de un especialista en la materia, pues recuerde que su pension podria verse afectada.
En cuanto al calculo que refiere, por supuesto que hay forma de saberlo, tomando en cuenta el salario que ha venido cotizando durante las ultimas 250 semanas, su edad y algunos otros datos, sin embargo es un calculo aproximado ya que la desicion final la tomara el IMSS al momento de otorgarle la pension, la cual tambien puede impugnarse.
Me pongo a sus ordenes solucionesindustriales2000
Saludos.
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