Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 272054
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6726
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 383058

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Al salario y prestaciones ordinarias y extraordinarias, solamente se hacen los descuentos legales (impuesto y cuotas de seguridad social), y sobre el resultado, se aplica el porcentaje de la pensión alimenticia; consecuentemente, otro tipo de descuentos, como pagoa al Infonavit, a Fonacot, préstamos de la empresa, etcétera, no se toman en cuenta y no disminuyen el monto de la pensión.

    La empresa para la que trabaja el padre del menor, debió informar, por oficio, al Juez cuál es el salario y prestaciones ordinarias y extraordinarias del demandado, así como el importe de los descuentos legales que se toman en cuenta; si la retención que se hizo al trabajador es menor al porcentaje determinado por el Juez, entonces se puede exigir a la empresa el pago de las diferencias.

    El abogado que asiste a su cónyuge, debe saber cómo hacerlo.