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  • Consulta : 271944
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 383019

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Con el debido respeto, haga caso omiso de lo que manifiesta el forista Omega 2015, dado que es evidente que desconoce totalmente el derecho laboral.

    Considerando que usted manifiesta tener que cumplir con un horario de labores, ser recepcionista y depender directamente del dueño de la empresa, es decir, que debeobedecer las órdenes que él le da para el desempeño de las labores que tiene encomendadas, entonces usted, con independencia de que le paguen bajo elrégimen de salarios aimilados, tiene el carácter de trabajador de la recicladora y, por tanto, el patrón está obligado a tenerla inscrita en el Seguro Social.

    Lo anterior es así, porque lo que diferencía el contrato de trabajo de otros contratos, como sería el de prestación de servicios profesionales (que usted al no tener una profesión, tampoco podría brindar ese tipo de servicios), es la subordinación, que consiste precisamente en que quien realizar el trabajo, debe hacerlo bajo las órdenes, mando y dirección de quien lo recibe.

    Acuda, llevando consigo comprbantes en que conste el pago de los salarios asimilados que recibe a la Subdelegación más próxima del Seguro Social, y solicite que con apoyo en lo que señala el artículo 18 de la Ley del Seguro Social, se le inscriba oficiosamente como trabajadora al servicio de esa empresa; si se niegan a hacerlo, acuda entonces a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de su localidad, a efecto que presenten la demanda en contra del Seguro Social por su negativa a insccribila como lo ordena la Ley que lo rige, y al patrón por la presenación del aviso de inscripción retroactivo, a partir de la fecha en que empezó a prestar sus servicios.