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AutorRespuesta No: 383003
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Fecha de respuesta: Miércoles 15 de Julio de 2015 23:12 2015-07-15 23:12 desde IP: 189.217.28.127
Si Usted es el titular del contrato de suminstro de energía eléctrica, es obvio que Usted es el responsable del ajuste de facturación por arrendar el inmueble sin cancelar el contrato y obligar al arrendatario a que celebrara uno nuevo, por lo que se presume que fue Usted y no su arrendatario quién instaló el artefacto denominado "diablito".
Lo que preceptúa la Ley es que Usted es el único responsable y por lo tanto cuenta con quince días para demandar la nulidad del ajuste de facturación ente el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Adminsitrativa.
Necesita de un abogado especialista en la materia, pero tenga mucho cuidado con los coyotes que se la viven en este foro publicando datos de contacto y que presumen tener hasta seis meses de haberse titulado como técnicos en derecho.
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