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  • Consulta : 271809
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 382950

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Es obligación del patrón contar con el contrato por escrito, por lo que el hecho de que no lo firmara no le impide demandar ante las Juntas de Conciuliación el despido injustificado de que fue objeto. Además de la demanda laboral presente una denuncia ante la Procuraduría de la Defensa del Medio Ambiente del Estado de México, por las acciones de la empresa por no destinar los residuos debidamente.