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AutorRespuesta No: 382951
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Fecha de respuesta: Martes 14 de Julio de 2015 23:27 2015-07-14 23:27 desde IP: 189.217.25.175
Puede hacerlo, pero deberá pagar el ISR completo porque no podrá acreditar que la habitó como casa habitación por cinco años.
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