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  • Consulta : 271542
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 382864

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Está Usted confundiento el trámite de un divorcio, que efectivamente ahora en el D.F., es un mero trámite, prácticamente exclusivo para coyotes que se anuncian por tres mil varos (al tipo de cambio del día en pesos) y pasantes de derecho que quieren aprender, por lo que sí es procedente establecer una cantidad fija y no un por ciento como en el caso de una sucesión. Pero según su consulta lo que Usted busca además del divorcio es la disolución de la sociedad conyugal en la que se deberán presentar peritos valuadores, rendición de cuentas, etc., cosa que no hace un coyote o pasante. Porque luego regresan después de diez años a preguntar: Mi padre se divorcio en 1993 con sentencia firme de disolución de vínculo matrimonial y ahora que muriór en 2015, a la sucesión se presentó su primera esposa con la que se casó en 1933 paro reclamar la mitad de todos lo bienes porque nunca disolvió la socidad conyugal. ¿Tiene derecho esta arpía a robar lo que mi padre hizo con tanto esfuerzo?