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Fecha de respuesta: Martes 07 de Julio de 2015 21:37 2015-07-07 21:37 desde IP: 189.217.6.175
Tiene derecho al pago de la servidumbre de paso por las líneas de distribución, que no daños y perjuicios, cuanta con diez años para declamarlos, pero además es la Comisión la que debe acreditar que han transcurrido los diez años y difícilmente podrá hacerlo.
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