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  • Consulta : 270781
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 382546

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si, tiene derecho al pago de las vacaciones (14 días), la prima vacacional (25% del sueldo de esos 14 días) y parte proporcional de aguinaldo 2015 (7.5 días), pues esas prestacones las generó con su trabajo, con independencia de que haya renunciado a él.

    Desafortunadamente, no puede reclamar las vacaciones de los primeros 8 años, pues su derecho ya prescribió.

    Acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, en donde le asignarán a un abogado de oficio que la asista.