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Fecha de respuesta: Viernes 03 de Julio de 2015 10:40 2015-07-03 10:40 desde IP: 187.176.101.171
El padre biológico deberá demandar a su actual pareja el desconocimiento de la paternidad, para cual deberá ofrecer u desahogar en el juicio la prueba pericial en materia genética.
Si mediante dicha prueba acredita que él es el padre biológico, y no el demandado, en la sentencia el Juez girará oficio al Oficial del Registro Civil que levantó el acta de nacimiento de su hijo, a fin de que haga en ella las anotaciones marginales y asiente el nombe del padre biológico y levante el acta de reconocimento de hijo.
Asimismo, podrá condenar al padre biológico a pagar pensión alimenticia al menor a partir de la fecha de su nacimiento.
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