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  • Consulta : 270514
  • Autor : Gustavo_va7
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  • Gustavo_va7
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    la patria potestad es una facultada encomendada a los padres, pero a favor de los niños, no a favor de los padres. Es decir, los niños son personitas con sus propios derechos, asi por ejemplo tienen derecho a saber quien es su padre, y a convivir con él. yo te recomiendo, que el padre de tu hijo, reconozca a su hijo como suyo ante el juez del registro del estado civil de las personas; posteriormente, pueden realizar un convenio en donde se determine la custodia, derechos de convivencia y alimentos. es importante, que este convenio sea ratificado ante el juez de lo familiar, para que en caso de iincumplimiento, se pueda exigir su ejecucion forzosa. lo mas importante, contrata a un abogado que vele por tus intereses, porque si no, te van a dar vuelta.