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  • Consulta : 270118
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 382279

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    La información que usted proporciona es muy escueta.

    Primero, no señala si la hija a la que se refiere, fue reconocida por usted al momento de registrar su nacimiento en el Registro Civil.

    Segundo, tampoco indica si la pretensión de su concubina es llevar a su hija a un viaje de placer al extranjero o si pretende ella cambiar su residencia fuera de México.

    Tercero, no pecisa si su concubina tiene la guarda y custodia legal de la menor, y si usted ha sido condenado o no a perder la patria potestad.

    Lo que debe hacer, es contratar a un abogado especialista en Derecho Familiar que, una vez que usted le proporcione toda la información necesaria, determine si es procedente o no su oposición a que su concubina saque del país a su hija y, en todo caso, que lleve a cabo los procedimientos conducentes.